Carlos Casares, Prov. Buenos Aires, Marzo 08 del 2005
Sancionada por Únanimidad
Honorable Consejo Deliberante de Carlos Casares
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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CARLOS CASARES, EN USO DE LAS A TRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1 °: Realícese de manera obligatoria, en los Centros de Salud pertenecientes a la --------------- Municipalidad de Carlos Casares, el cultivo según técnicas de recolección a las
pacientes embarazadas, controladas en las consultas, que estén entre las 35 y 38 semanas de gestación para la detección de estreptococo Beta Hemolítico Grupo B ------------------ _----------
ARTÍCULO 2°: Realícese quimiprofilaxis, a las embarazadas con resultados positivos según --------------- el cultivo; guiándose por las normas de la Sociedad Argentina de Pediatría;
como también en pacientes que no se han realizado cultivos pero sí que cuenten con factores de riesgo para infección por EGB: -----------------------------------------------------------------------------
. Antecedente RN previo con sepsis por EGB.---------------------------------------------------- . Antecedente de parto prematuro idiopático o por rotura prematura dc membranas. ------- . Bacteriuria por EGB en este embarazo.-----------------------------------------------------------
ARTÍCULO 3°: Determínese que los órganos de aplicación serán el Centro Materno
--------------- Infantil, las salas periféricas y consultorios donde se realizan controles de
embarazadas. Los datos serán voicados y evaluados por obstetras, pediatras e infectólogo que concurren al Hospital Municipal. --------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, a sus efectos, regístrese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Carlos Casares, al
primer día del mes de Marzo de dos mil cinco.
, ,
Claudio R. Caprioli Secretario Legislativo
CARLOS CASARES, 08 de .Marzo de 2005.
Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, desde al Registro de Ordenanzas y ARCIVESE. REGlSTRADO BAJO Nª 2995
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